Policías retirados deberán entregar el arma reglamentaria
La Jefatura de Policía tomó la decisión ante los enfrentamientos con arma de fuego que se produjeron en las últimas semanas en dos localidades de la provincia.
La disposición salió desde Jefatura de Policía, debido a los hechos ocurridos durante Semana Santa en la localidad de Puerto Deseado, donde perdió la vida un efectivo de Prefectura Naval Argentina, y en el barrio San Benito de nuestra ciudad, donde hubo un enfrentamiento con armas de fuego, en los cuales las armas utilizadas son reglamentarias de la policía de nuestra provincia.
Cabe señalar que hasta el año 2015 el personal policial sin distinción de jerarquía que se acogía al retiro voluntario y si así lo requería era autorizado a continuar con la portación del arma reglamentaria debiendo realizar todos los trámites correspondientes en la ANMAC, y desde ese momento hasta la actualidad hay un gran número de retirados que aún poseen el arma reglamentaria. Además, se constató que en los últimos años se han acrecentado los casos de robos y extravíos de las mismas, tanto del personal policial en actividad o retirado, por eso es que la Jefatura de Policía tomó la medida especificando que el arma reglamentaria no pertenece de manera individual al efectivo policial sino a la Policía de la Provincia de Santa Cruz. Por todo lo mencionado es que revocaron las autorizaciones concedidas al personal policial retirado para continuar con la portación del arma reglamentaria y dispuso su reintegro a la Institución.
Por todo los expuesto el Jefe de Policía dispone:
Artículo 1°- Revocase toda autorización concedida al personal policial retirado para continuar con la portación del arma reglamentaria, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente disposición.
Artículo 2°– Encomendase a la Dirección General de Logística para que en formar articulada con todas las Dependencias Policiales, realice todas las diligencias necesarias para notificar a todo el personal Policial retirado que debe reintegrar el arma reglamentaria en el término de 48 horas, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales y administrativas pertinentes.
Artículo 3°– Instrúyase a los Jefes de dependencias que, en las cédulas de citación, se debe dejar constancia que se encuentra autorizado para trasladarse a la dependencia policial por requerimiento de la Institución.
Artículo 4°- Instrúyase a los Jefes de todas las Dependencias policiales que, recibidas las armas por parte del personal policial retirado, deberá remitirlas a la Dirección General de Logística.
Artículo 5°– Recomendase que deberán tener presente las medidas preventivas dispuestas en la guía de acción frente a la pandemia COVID-19 para la policía de la provincia de Santa Cruz y lo establecido en la Disposición No 049-1P/2020 y No 050-JP/2020, al momento de citar y/o la concurrencia del personal policial retirado.
Artículo 6°– Pase a la Dirección General Despacho y Relaciones Públicas a sus efectos tome conocimiento: Subjefatura de Policía, Superintendencia de Policía Seguridad, de Personal, Instrucción y Derechos Humanos, De Bomberos, de Administración, Planificación y Desarrollo, Direcciones Generales de Unidades Regionales, Dirección General de Asuntos Legales, Dirección General de Asuntes Internos, Dirección General de Bienestar Policial, Jefes de Unidades de orden público y demás dependencias.
Fuente: Tiempo Sur