Registro Único Tributario – Padrón Federal: Comienza a regir desde el 1º de septiembre
El Gobierno Provincial a través de la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) comunica que a partir de la semana que viene, empieza a regir el Registro Único Tributario – Padrón Federal respecto de la jurisdicción de Santa Cruz, el cual simplifica la actualización de datos, evita la carga duplicada de información y permite unificar las inscripciones tributarias a nivel nacional y provincial, representando una ventaja para los contribuyentes.
Para tal fin, la ASIP puso a disposición de los contribuyentes y responsables información a tener en cuenta sobre los distintos aspectos inherentes al mismo.
¿Cuándo entra en vigencia el Padrón Federal? ¿Qué provincias pueden acceder al mismo?
Mediante Resolución General C.A. Nro. 9/2020, la Comisión Arbitral aprobó la entrada en vigencia del Padrón Federal a partir del 1º de septiembre para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el Régimen del Convenio con jurisdicción sede en las Provincias de Santa Cruz, Catamarca, Tierra del Fuego, Río Negro, Salta y Santiago del Estero.
Se trata de la segunda etapa del Padrón Federal y estas jurisdicciones, entre las que se encuentra nuestra provincia, se suman a las de Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe que ingresaron en el mes de junio del corriente año.
¿Cuáles son los beneficios?
La Comisión Arbitral, en conjunto con las Jurisdicciones adheridas al Convenio Multilateral, acordó el desarrollo de un nuevo sistema que mejora, simplifica y moderniza las tareas de los contribuyentes que cumplen con sus obligaciones tributarias (Resolución General C.A. Nro. 5/2019).
Para ello, mediante un Convenio de Cooperación entre la Comisión Arbitral y la Administración Federal de Ingresos Públicos, se acordó implementar un sistema de Registro Único Tributario – Padrón Federal para los trámites de inscripción de los contribuyentes en el gravamen y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión.
¿Cómo se puede acceder al mismo?
Los contribuyentes deben ingresar al Sistema Registral de la página de la AFIP con la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior. Al ingresar al Registro deberán verificar los datos incorporados y, de corresponder, efectuar su modificación. En caso de detectarse inconsistencias las mismas serán notificadas al contribuyente en el Domicilio Fiscal Electrónico.
¿Cuál es la información que contiene el padrón?
El Registro Único Tributario – Padrón Federal permite consultar y administrar las altas, bajas así como modificaciones de los datos registrales para impuestos nacionales (IVA, Ganancias personas humanas y jurídicas, Bienes Personales, Impuesto Cedular, Empleadores, etc.) y provinciales como el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, habilitar un nuevo punto de venta e indicar el modo de facturación asociado y emitir una constancia de inscripción unificada.
Es importante destacar que los datos que los contribuyentes informen a través del Registro Único Tributario – Padrón Federal revestirán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a la verificación por parte de la AFIP, de las administraciones tributarias provinciales adheridas y de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.
Esta modalidad simplifica la actualización de datos, evita la carga duplicada de información y permite unificar las inscripciones tributarias a nivel nacional y provincial, representando una ventaja para todos los contribuyentes alcanzados.