Cómo se calcula el nuevo piso de Impuesto a las Ganancias

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El decreto fue oficializado este jueves a través de un Boletín Oficial. Según el Gobierno, la medida beneficiará a 380 mil trabajadores.

Este viernes, tras la publicación del Boletín Oficial del decreto 714/2022, fue oficializada la suba del mínimo no imponible del Impuesto a la Ganancias a 330 mil pesos, que comenzará a regir a partir del primero de noviembre. La resolución lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, Sergio Massa (Ministro de Economía) y Juan Manzur (Jefe de Gabinete).

El nuevo piso del Impuesto a las Ganancias será de 330 mil pesos, a diferencia de los 280 mil brutos actuales. El Palacio de Hacienda informó que esta nueva medida beneficiará a 380 mil trabajadores. Un 45 por ciento vive en la Provincia de Buenos Aires, Ciudad de Buenos Aires (12%), Córdoba (8%), Santa Fe (7%) y Mendoza (3,5%).

El nuevo dictamen ordena incrementar las deducciones especiales para el tramo de remuneración de 330 mil pesos hasta 431 mil para “mantener una mejor progresividad y evitar saltos en las escalas”. La lista con las deducciones especiales tendrá que ser publicada a la brevedad por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

De esta manera, la AFIP establecerá una deducción menor para los primeros segmentos de ingresos que califiquen para el pago del impuesto. Por otro parte, se incrementó de 280 mil pesos a 330 mil el monto de la remuneración y/o del haber bruto a los fines de la exención del aguinaldo.

¿Cómo se calcula el Impuesto a las Ganancias?

El salario bruto y su promedio anual son algunas de las claves, además de las deducciones por hijos a cargo y estado civil. Para el pago, se debe tener en cuenta: el mínimo no imponible y deducciones (obligatorias, personales y permitidas).

¿Cuál es el mínimo no imponible?

Desde junio de 2022, el piso estaba situado en 280 mil pesos mensuales. Sin embargo, con el nuevo decreto, el piso se elevó a 330 mil, a partir del primero de noviembre.

¿Qué sucede con el aguinaldo?

Para definir el tratamiento de la cuota del Salario Anual Complementario (SAC), se debe corroborrar si la remuneración o salario bruto del período julio-diciembre de 2022 supera o no la suma de 330 mil pesos. En caso de superarlo, el SAC está íntegramente gravado por el impuesto a las ganancias. De caso contrario, estará exento hasta la suma de 165 mil pesos.

Remuneración o haber bruto mensual

Se considerará remuneración y/o haber bruto mensual a todos los importes que se perciban mensualmente, en dinero o en especie, cualquiera sea su denominación, tengan o no carácter remuneratorio, a los fines de la determinación de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino o regímenes provinciales o municipales análogos. Lo único que no debe ser considerado para establecer remuneración y/o haber bruto mensual es el SAC.

Fuente: Diario 26