Actualizan las medidas de control y fiscalización de los desembarques para la especie Merluza Negra

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El objetivo es preservar los ejemplares juveniles fomentando la conservación del recurso a largo plazo. Se sustituye el Manual para el Control de la Descarga de la especie.  Se determinan los factores de conversión y se aprueban documentos para el control y fiscalización. Entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura de la Nación  subscribió la Disposición SSPYA N° 15/2023 mediante la cual se unifica la normativa sobre el tratamiento que recibe la especie merluza negra. Adicionalmente, fueron incorporados nuevos parámetros para el control y fiscalización.

Luego de 18 años se modifica el manual para el protocolo de desembarque, sustituyendo el creado bajo la Disposición SSPYA N° 597/2004, donde se describen los criterios para la medición de tallas determinando los factores de conversión, así como también el peso mínimo de los filetes con y sin piel, los productos sin cabeza, sin viseras y sin cola (HGT) para poder precisar si son ejemplares juveniles o adultos.  Del mismo modo, se aprueban los coeficientes de conversión aplicables para todas aquellas elaboraciones y/o producciones a bordo de Buques Pesqueros de bandera argentina para la mencionada especie.

Asimismo, se incorporaron nuevas herramientas de comunicación, en la cual se establece que las empresas armadoras de Buques Pesqueros que capturen Merluza Negra (Dissostichus eleginoides) ya sea como especie objetivo o en forma incidental, deberán informar, mediante la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), la fecha estimada del arribo a puerto, con una antelación mínima de 96 horas.

En este mismo acto administrativo se actualizan y aprueban, distintos documentos destinados a controlar y fiscalizar las descargas. Por una parte, se subscribe el modelo de ´Acta de Constatación´ a fin de relevar toda la información sobre el procedimiento llevado a cabo para la fiscalización del desembarque. Seguidamente, el documento ´Planilla de Control de Tallas´ el cual detalla los centímetros de los ejemplares capturados durante la marea. Para finalizar, se aprueba la ´Planilla de Control de Pesaje´ donde se vuelcan los datos referidos a los kilogramos de filetes con y sin piel de la especie Merluza Negra.

 “Trabajamos en conjunto con el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP) para poder determinar con el mayor grado de certeza cuales son los parámetros para establecer cuándo un filete de Merluza Negra es un ejemplar juvenil o adulto. Anteriormente, este tipo de producto era por default considerado juvenil, lo cual no era ecuánime para los Administrados y Administradas”, declaró el subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación Carlos Liberman .

Y agregó que “a lo largo del tiempo, se han dictado numerosos Actos Administrativos con el objetivo de regular diversos aspectos en torno a las especies. Consideramos necesario la consolidación de los reglamentos subscriptos, a los efectos de concentrar las disposiciones en una norma, con el fin de ser una Administración más eficiente.”

En la misma línea, el director nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera, Julián Suárez afirmó: “Contar con un manual para el protocolo de descarga actualizado nos permite promover una línea clara respecto a los procedimientos que deben llevar a cabo nuestros Inspectores Nacionales en muelle, lo que se traduce en calidad institucional de cara a los administrados y administradas”.

Fuente: Mar&Pesca