Santa Cruz tiene la primera Ley de cierre de minas del país

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Fue sancionada este jueves, luego de un intenso trabajo en comisiones, con amplio debate y análisis, que encabezó el diputado del Frente de Todos, Guillermo Bilardo. Logró consensos de operadoras, prestadores y trabajadores del sector, además de la Autoridad de Aplicación. Contempla la participación ciudadana.

Durante la 8° Sesión Ordinaria de la Legislatura Provincial, y luego de distintas reuniones en las que se analizaron los alcances del proyecto de Ley impulsado por el diputado por pueblo de Perito Moreno, Guillermo Bilardo, se sancionó este mediodía la primera ley de cierre de minas del país.

En instancias previas al despacho de comisión alcanzado el pasado 8 de junio, la iniciativa fue puesta a consideración ante las autoridades de Minería y Ambiente del Poder Ejecutivo Provincial; las cámaras que nuclean a prestadores, como así también a las operadoras que llevan adelante la explotación y exploración en territorio santacruceño; además de las organizaciones que nuclean a los trabajadores del sector.

Al respecto, Bilardo sostuvo que “esta ley busca cuidar y fortalecer la licencia social y todo lo que se ha logrado durante años en Santa Cruz con la actividad minera”, a la vez que destacó que “otorga mayor seguridad jurídica a las futuras inversiones, mayor participación a las comunidades, prevé la reinserción laboral y exige minimizar el impacto socio económico y ambiental en la etapa de cierre”, y agradeció a los integrantes de la Secretaría de Estado de Minería.

La norma sancionada, establece la obligatoriedad de la presentación del plan de cierre de minas por parte de “todo titular de concesión de actividad minera o autorizado por cualquier medio a realizar tareas mineras de sustancias de todas las categorías previstas en el Código de Minería”, el que deberá ser aprobado por la Autoridad de Aplicación.

También contempla que deben presentarse dos tipos de planificaciones, tanto para la etapa de exploración como explotación. Uno de ellos, abarcando aspectos conceptuales, conteniendo la planificación estratégica, con los posibles cierres progresivos y temporales, determinando las características técnicas del proyecto y los impactos que generará, entre otros aspectos. El otro plan debe ser detallado, presentado ante la Autoridad de Aplicación junto con las actualizaciones de los informes de impacto ambiental, con mayor detalle a medida que avanza el proyecto minero.

También cuenta con un capítulo en el que habilita la participación ciudadana, ya que una vez presentado por las operadoras “serán puestos a disposición de la ciudadanía a través de su publicación en el Boletín Oficial, un diario de mayor circulación y medios idóneos. Además, se efectuará una notificación a los Concejos Deliberantes de las localidades alcanzadas por el área de influencia. La Autoridad de Aplicación establecerá los mecanismos para la participación ciudadana”.