Cuba publicó la normativa para la creación de micro, pequeñas y medianas empresas

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El decreto publicado este jueves brinda un marco legal a las “unidades económicas” que “tienen como objetivo desarrollar la producción de bienes y la prestación de servicios que satisfagan necesidades de la sociedad”.

Cuba oficializó este viernes la nueva normativa para la creación de micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) tanto en el sector público como en el privado, dos semanas después de aprobar el decreto que regirá al sector calificado como un actor central “que incide en la transformación productiva del país”.

Según consta en el Decreto-Ley 46 publicado en la Gaceta Oficial el jueves por la noche, “la Constitución de la República de Cuba reconoce la confluencia en el escenario económico de diferentes tipos de propiedad, por lo que se hace necesaria la regulación de nuevos actores económicos, entre ellos las micro, pequeñas y medianas empresas”.

Cuba acelera una serie de reformas en momentos en que enfrenta una profunda caída de su PBI por la pandemia de coronavirus que golpeó al sector turístico, motor de su economía, y en medio del histórico bloqueo impuesto por Estados Unidos, que endurecieron el expresidente Donald Trump y el actual mandatario Joe Biden.

Las autoridades cubanas enfrentan además niveles inéditos de descontento popular, que quedaron expresados en las manifestaciones que se llevaron a cabo entre el 11 y el 17 de julio, potenciadas por la escasez de medicamentos en medio del bloqueo estadounidense, y fueron descriptas como las más grandes contra el Gobierno desde el “Maleconazo” de 1994.

Detalles de la normativa

La normativa publicada este viernes considera a estas empresas “unidades económicas con personalidad jurídica, que poseen dimensiones y características propias, y que tienen como objetivo desarrollar la producción de bienes y la prestación de servicios que satisfagan necesidades de la sociedad”.

En relación a la propiedad de las mipymes, el texto establece que podrán ser estatales, privadas o mixtas, según detalla la agencia de noticias Europa Press.

Las pequeñas pueden tener como máximo diez integrantes, las pequeñas, 35, y las grandes, hasta 100 personas. Las empresas de propiedad privada solo pueden ser fundadas por personas naturales residentes permanentes en Cuba, mayores de 18 años.

En el caso de las estatales, serán constituidas por las personas jurídicas aprobadas por el Ministerio de Economía y Planificación, mientras las mixtas serán compuestas por personas naturales y jurídicas de diferentes tipos de propiedad.

Las sociedades también serán autorizadas a exportar e importar de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente y fijar los precios de sus servicios y bienes, excepto aquellos que sean de aprobación centralizada.

La creación de las micro, pequeñas y medianas empresas debe ser autorizada por el Ministerio de Economía y Planificación cubano. La norma establece las empresas “tienen la obligación de rendir información estadística según se dispone en la legislación vigente”.

El decreto incluye una lista de actividades no autorizadas para las empresas privadas, entre ellas el control de plagas -a excepción de plagas domésticas-, la caza ordinaria, la transmisión de radio y televisión, la explotación de minas y canteras, la elaboración de azúcar, la impresión de medios de prensa o libros, la fabricación de armas, y la creación de sellos discográficos y actividades telecomunicaciones, entre otras.

Las medidas se enmarcan en la creciente crisis económica del país caribeño, que experimentó una contracción del 11% del PIB en 2020 como consecuencia de la pandemia.

Fuente: Telám