La AFIP podrá embargar billeteras digitales si hay deudas impositivas

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El organismo nacional pone la lupa sobre las billeteras virtuales y podrá embargar cuentas por deudas impositivas de contribuyentes. ¿Qué aplicaciones alcanza?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) amplió la definición sobre cuentas que podrá congelar con el fin de recuperar deudas impositivas por más de $24.000 millones. A partir de este mes, el organismo incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede trabar embargos a contribuyentes morosos.

El organismo nacional dirigido por Mercedes Marcó del Pont incorporó esta nueva medida a partir de la cual podrá embargar saldos en cuentas digitales en pesos identificadas con un Código Virtual Uniforme (CVU). La disposición se basa en el auge de las billeteras virtuales en el sistema financiero.

Según fuentes oficiales, AFIP identificó a 9.800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales a través de los cuales pueda asegurarse el cobro de unos $24.000 millones en impuestos adeudados. Cabe destacar que, hasta el momento, los embargos realizados por AFIP estaban dirigidos exclusivamente a cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles (registrales) y créditos de contribuyentes morosos.

“El desarrollo de los medios electrónicos de pago y su extendido uso explica la decisión del organismo de incluir las cuentas digitales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas”, destacaron.

“La normativa de la AFIP no establece un orden de prelación sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas”, precisaron y agregaron: “No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Cuando el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar embargos sobre otros activos”.

Según detallaron fuentes oficiales, las empresas del sector están obligadas a reportar información referida a las cuentas digitales de sus clientes, información que servirá como base para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos la AFIP. Otro aspecto a tener en cuenta es que se retomaron las ejecuciones de las deudas fiscales de contribuyentes morosos que estuvieron suspendidas durante la pandemia.